ACTAS

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Las actas notariales son documentos en los que el Notario da fe de lo que ve, oye o percibe a través de los sentidos. Su objeto, a diferencia de las escrituras públicas y las pólizas, son los hechos.

Ante los diferentes tipos de actas, le especificamos la documentación necesaria a aportar dependiendo de su naturaleza:

Tipo de Acta

  1. A) Actas de Inmatriculaciones:
  • Títulos de propiedad de los interesados.
  • D.N.I.
  • Si interviene alguna sociedad, los poderes o nombramiento de administradores vigentes.
  • Datos de inscripción en el Registro Mercantil.
  • Referencia catastral (último recibo del IBI).
  • Valor que se asigna a las fincas.

–  El resto de los requisitos los tramitamos nosotros.

– Al momento de la firma inicial hay que aportar dos testigos que acrediten la realidad de la titularidad de la finca.

– Con posterioridad se publicarán edictos en el Ayuntamiento donde radique la finca.

  1. B) Para el resto de Actas:
  • D.N.I. de los interesados.
  • Si interviene alguna sociedad, los poderes o nombramiento de administradores vigentes.
  • Asunto del que se trata el Acta, sea de presencia, de notificación, requerimiento etc…
  • En el caso de Actas para hacer constar la identidad de fotografías con la realidad, es preciso aportar en el momento del requerimiento dos juegos idénticos de fotografías de lo que se trate de acreditar.
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